Condiciones y requisitos para ser clientes

Podrán ser clientes de Scotia Bolsa las personas naturales y jurídicas que lo soliciten, siempre y cuando cumplan con presentar la documentación que se indica a continuación a satisfacción de Scotia Bolsa, con las condiciones establecidas en la “Ficha de Cliente”, en la presente “Política de Clientes” y con las políticas corporativas internas de “Conoce a tu Cliente” y de “Prevención de Lavado de Activos y/o Financiamiento del Terrorismo”.

Se entiende por clientes de SCOTIA BOLSA aquella persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que inicia o mantiene alguna relaación comercial para la prestación del servicio de intermediación de valores al que SCOTIA BOLSA está facultado de acuerdo con su autorización de funcionamiento y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Agentes de Intermediación ( Resolución de CONASEV045-2006-EF-94.10) y la Ley de Mercado de Valores (D. Leg. Nº  861-1996).

Bajo esta definición no son clientes de SCOTIA BOLSA las personas naturales y/o jurídicas cuya administración de portafolio y custodia es efectuada por intermediarios extranjeros debidamente autorizados. En este caso, las cuentas administradas por tal intermediario estarán identificadas en el sistema respecto de tal persona natural o juridica de conformidad con el inciso 6 del artículo 74º del Reglamento de Agentes de Intermediación.

En ese sentido, los clientes del intermediario extranjero no podrán dar órdenes directamente a Scotia Bolsa, salvo que adquieran la calidad de clientes directos, para lo cual será necesario que presenten los documentos de conformidad con lo indicado a continuación.

Las instituciones financieras autorizadas para administrar portafolios y/o custodiar las cuentas de estas personas naturales o jurídicas y que deseen trabajar con Scotia Bolsa, deberan celebrar previamente el acuerdo de servicios respectivo

 

 

El registro del cliente se efectuará luego de la evaluación de la documentación presentada a Scotia BolsaEsta evaluación consistirá en la revisión de los datos de la Ficha de Clientes (se rechazará la apertura de cuentas cuando la Ficha de Cliente no tenga algún dato que sea obligatorio de acuerdo con el RAI), la presentación y revisión de la documentación completa que se indica a continuación y su evaluación por el Área de Poderes (están exoneradas de la evaluación por el Área de Poderes, las personas naturales):

Personas Naturales

a.  Llenar la información solicitada en la Ficha de Clientes para personas naturales; y,
b.  Original y copia de documento de identidad vigente. En el caso de ciudadanos extranjeros, soló se aceptará apertura de cuentas previa presentación del Carné de Extranjería. No se abrirá cuenta a ciudadanos extranjeros no residentes a menos que hayan abierto previamente una cuenta en Scotiabank Perú, cuyo número debera ser ingresado en la ficha de datos de clientes a fin de facilitar el trámite de sus operaciones.

Personas  Naturales con Representantes y Sucesiones:

a. Llenar la  información solicitada en la   Ficha de Clientes para personas naturales;
b. Copia de documento de identidad vigente del titular. En el caso de ciudadanos extranjeros, sólo se aceptará apertura de cuentas previa presentación de la copia del Carné de Extranjería. No se abrirá cuenta a ciudadanos extranjeros no residentes a menos que hayan abierto previamente una cuenta en  Scotiabank  Perú, cuyo número deberá ser ingresado en la ficha de datos del cliente a fin de facilitar el trámite de sus operaciones;
c. Copia literal de  la partida registral donde consten los poderes inscritos en registros públicos,  con una antigüedad de expedición no mayor a cinco días útiles;
d. Copia literal de  la partida registral donde conste inscrita la sucesión intestada o el  testamento con una  antigüedad de  expedición no mayor a cinco días útiles; y,

e. La  información que se requiere a cada representante legal debe ser la misma que se  requiere a cualquier persona natural.

Personas Jurídicas domiciliadas:

a.  Llenar la información solicitada en la Ficha de Clientes para personas jurídicas;                   
b.  Copia de documento de identidad vigente de cada uno de los Representantes de la persona jurídica;
c.  Copia simple del Testimonio de la escritura pública de Constitución de la persona jurídica;
d.  Copia simple del RUC; y,
                  
e.  Copia Literal de la partida registral completa de la persona jurídica donde consten los poderes de los representantes legales inscritos en registros públicos o la Vigencia de Poderes de los representantes legales inscritos en registros públicos con una antigüedad de expedición no mayor a cinco días útiles.

Personas Jurídicas no domiciliadas:

a. Llenar la  información solicitada en la   Ficha de Clientes para personas jurídicas;
b. Copia de  documento de identidad vigente de cada uno de los representantes de la persona jurídica;
c. Copia del  documento que acredite la   Constitución de la persona jurídica, visado por consulado peruano,  salvo que Scotia Bolsa exceptúe el requisito del visado;
d. En caso de tener  representantes en el Perú, Copia Literal de la partida registral completa de la  persona jurídica donde consten los poderes de los representantes legales  inscritos en el registro público de sociedades extranjeras o la Vigencia de Poderes de  los representantes legales inscritos en registros públicos con una antigüedad de  expedición no mayor a cinco días útiles; y,
e. En el caso de no  contar con representantes en el Perú se podrá exceptuar del requisito de la  inscripción de poderes en registros públicos de sociedades extranjeras, a  criterio de Scotia Bolsa, siempre y cuando se cuente con documentación de  constitución social de la persona jurídica y poderes de los representantes en  el exterior y con la opinión legal favorable del Área Legal.

Los documentos deberán contar con la apostilla fijada en dichos documentos (aplicable para los países en los que se encuentra vigente la Convención de la Apostilla de La Haya); o tener el respectivo visado consular peruano, según corresponda. La exoneración del requisito antedicho, sólo será aplicable a empresas financiera de primer nivel y/o sus subsidiarias. Las personas jurídicas que no cumplan con este criterio, no podrán ser exceptuadas.Asimismo no se aceptarán  documentos visados por notarios públicos del exterior si es que estos no cuenta con la apostilla fijada en dichos documentos (aplicable para países en los que se encuentra vigente la Convención de Apostilla de La Haya) o no cuente con el visado consular respectivo     

A fin de facililtar el criterio por el cual se determinan cuales son las instituciones financieras de primer nivel a las que se podrá exonerar del requisito de la apostilla o del  visado consular, según corresponda, en los documentos de apertura de cuenta (incluyendo a sus subsidiarias o sucursales), se tomara la lista vigente de bancos de Primera Categoria publicada por el Banco Central de Reserva del Perú, la misma que puede ser accedida a través de la siguiente dirección de Intenet: http://www.bcrp.gob.pe/transparencia/normas-legales/circulares-vigentes.html#6.-Bancos-de-Primera-Categoría.

Como excepción, la Gerencia General podrá autorizar la apertura de cuentas con copia simple de la documentación, siempre y cuando se traten de operaciones únicas y de empresas de primer nivel , aún cuando no estén vinculadas con los bancos a los que se hace alusión en el párrafo anterior.    

La  información contenida en la   Ficha de Cliente debe ser verdadera y el cliente se  responsabiliza por cualquier omisión y/o declaración inexacta que perjudique a  Scotia Bolsa, pudiendo efectuarse la verificación de la documentación  sustentatoria presentada por el Cliente.  Son de aplicación a las cuentas de clientes las condiciones establecidas en la Ficha de Datos de Clientes, así como las actualizaciones a las mismas. La versión vigente de las condiciones está contenida en la página web www.scotiabolsa.com.pe                

La Ficha de Datos de Clientes debe ser actualizada a fin de mantener  la condición de cliente activo. Los clientes deberán comunicar a Scotia Bolsa  cualquier cambio en cuanto a la vigencia de la información y/o documentos  proporcionados. Scotia Bolsa no se hace responsable por no haber sido  comunicada oportunamente de cambios en la información de sus clientes.                

Scotia  Bolsa se reserva el derecho a no realizar operaciones por cuenta de un cliente  cuando su Ficha de Datos de Cliente no se encuentre actualizada. Adicionalmente, Scotia  Bolsa se reserva el derecho a no realizar operaciones por cuenta de un cliente  cuando considere que la información proporcionada no es veraz y/o que el  cliente no cumple con los requerimientos especificados en sus políticas  internas y normas legales vigentes relacionadas al Mercado de Valores. En estos  dos últimos casos, Scotia Bolsa notificará por escrito al cliente informándole  su decisión de no recibir más órdenes por su cuenta y otorgándole un plazo de 15  días para el traspaso de su posición.

En  el caso de clientes que sean Personas Políticamente Expuestas (PEP), se les  solicitará al momento de hacer sus transacciones una declaración anual de  origen de fondos, la cual deberá ser completada como requisito para el  procesamiento de su orden. La declaración se efectuará por el mismo medio que  se haya indicado en la Ficha  de Cliente que se harán las órdenes.

Scotia  Bolsa se reserva el derecho a requerir información adicional a sus clientes en  cualquier momento, la negativa y/o incumplimiento en proporcionar la misma  otorgará a Scotia Bolsa el derecho, sin previo aviso al cliente, a no realizar  operaciones por cuenta de ese cliente.

Toda  la información proporcionada por los clientes tiene carácter de declaración  jurada, es confidencial y no será utilizada en beneficio propio o de tercerosni para fines diferentes a aquellos para los que fue solicitada.

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