Política de clientes Version Agosto 2011

 I. ASPECTOS GENERALES.                  

La presente Política de Clientes de Scotia Bolsa entrará en vigencia a partir del 01 de agosto de 2011 y ha sido elaborada en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 20º y 32º del Reglamento de Agentes de Intermediación, Resolución CONASEV045-2006-EF/94.10 (en adelante, “RAI”).

II. GUÍA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE SCOTIA BOLSA.

Operaciones en Renta Variable.

1.    Compra y venta de acciones en el mercado local y en el exterior por cuenta propia y de sus clientes.
2.    Operaciones Day–Trade: Compra y venta de acciones en el mismo día tanto en el mercado local como en el exterior por cuenta propia y de sus clientes.

Operaciones en Renta Fija.

Compra y venta de instrumentos de Renta Fija (certificados de depósito, papeles comerciales, bonos de gobierno, bonos del tesoro, bonos corporativos y otros) en el Mercado local y en el exterior por cuenta propia y de sus clientes.

Operaciones  de Reporte.

Colocación y captación de fondos con garantía de acciones o bonos de acuerdo al reglamento vigente de la Bolsa de Valores de Lima.

Operaciones Extrabursátiles.

Compra y venta de acciones y bonos en el mercado extrabursátil local por cuenta propia y de sus clientes.

Desmaterialización de valores.

Conversión de valores físicos inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores al registro electrónico de CAVALI ICLV S.A. por cuenta de sus clientes. Una vez desmaterializados estos valores son registrados en una cuenta del cliente en Scotia Bolsa.

Rematerialización de valores.

Conversión de valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores del registro electrónico de CAVALI ICLV S.A. a un certificado físico por instrucción de su titular, siempre y cuando sea factible de acuerdo con los estatutos de la empresa emisora. 

Cobro de Dividendos.

 Por cuenta del titular, tanto de dividendos en acciones como en efectivo por acciones en el mercado local y en el exterior. Estos son acreditados en una cuenta corriente interna a nombre del titular en Scotia Bolsa y pueden ser cobrados en cualquier ventanilla de Scotiabank.

Cobro de cupón de bonos en custodia.

Por cuenta del titular, el cobro de los cupones generados por bonos en custodia, por el pago de intereses y principal y de acuerdo con el cronograma original de la colocación. Estos son acreditados en una cuenta corriente interna a nombre del titular en Scotia Bolsa y pueden ser cobrados en cualquier ventanilla de Scotiabank.

Información General:

  • Scotia Bolsa ni  ninguno de sus Representantes, proporcionan el servicio de administración de  cartera.                        
  • Scotia Bolsa no  garantiza ningún tipo de rendimiento o ganancia a sus clientes en los  productos/servicios que ofrece.

III. CONDICIONES Y REQUISITOS PARA SER CLIENTE DE SCOTIA  BOLSA.


Podrán  ser clientes de Scotia Bolsa las personas naturales y jurídicas que lo  soliciten, siempre y cuando cumplan con presentar la documentación que se  indica a continuación a satisfacción de Scotia Bolsa, con las condiciones  establecidas en la “Ficha  de Cliente”, en la presente “Política de Clientes” y con las políticas corporativas  internas de “Conoce a tu Cliente” y de “Prevención de Lavado de Activos y/o  Financiamiento del Terrorismo”.

Se entiende por cliente de Scotia Bolsa aquella persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que inicia o mantiene alguna relación comercial para la prestación del servicio de intermediación de valores al que Scotia Bolsa está facultado de acuerdo con su autorización de funcionamiento y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Agentes de intermediación (Resolución CONASEV Nº 045-2006-EF-94.10) y la Ley de Mercado de Valores (D.Leg. Nº 861-1996).

 Bajo esta definición no son clientes de Scotia Bolsa las personas naturales y/o jurídicas cuya administraación de portafolio y custodia es efectuada por intermediarios extranjeros debidamente autorizados. en este caso, las cuentas administradas por tal intermediario estarán identificadas en el sistema respecto de tal persona natural o juridíca de conformidad con el inciso 6 del artículo 74º del Reglamento de Agentes de Intermediación.

En ese sentido, los clientes del intermediario extranjero no podrán dar órdenes directamente s Scotia Bolsa, salvo que adquieran la calidad de clientes directos, para lo cual será necesario que presenten los documentos de conformidad con lo indicado a  continuación.

Las instituciones financieras autorizadaspara administrar portafolios y/o custodiar las cuentas de estas personas naturales o juridicas y que deseen trabajar con Scotia Bolsa, deberan celebrar previamente el acuerdo de servicios respectivos.   

 

El  registro del cliente se efectuará luego de la evaluación de la documentación  presentada a Scotia Bolsa.  Esta evaluación  consistirá en la revisión de los datos de la Ficha de Clientes (se rechazará la apertura de  cuentas cuando la Ficha  de Cliente no tenga algún dato que sea obligatorio de acuerdo con el RAI), la presentación  y revisión de la documentación completa que se indica a continuación y su  evaluación por el Área de Poderes ( las personas naturales están exoneradas de la evaluación respectiva por el  Área de Poderes ):                

Personas Naturales:

  1. Llenar la  información solicitada en la   Ficha de Clientes para personas naturales; y,                  
  2. Original y copia  de documento de identidad vigente. En el caso de ciudadanos extranjeros, sólo se aceptará apertura de cuentas previa presentación del Carne de Extranjería. No se abrirá cuenta a ciudadanos extranjeros no residente a menos que hayan abierto previamente una cuenta en Scotiabank Perú, cuyo número deberá ser ingresado en la oficina de datos de clientes a fin de facilitar el trámite de sus operaciones.     

Personas Naturales con  Representantes y Sucesiones:

  1. Llenar la  información solicitada en la   Ficha de Clientes para personas naturales;
  2. Copia  de documento de identidad vigente del titular. En el caso de ciudadanos extranjeros, sólo se aceptará apertura de cuentas previa presentación del Carne de Extranjería. No se abrirá cuenta a ciudadanos extranjeros no residente a menos que hayan abierto previamente una cuenta en Scotiabank Perú, cuyo número deberá ser ingresado en la oficina de datos de clientes a fin de facilitar el trámite de sus operaciones.                         
  3. Copia literal de  la partida registral donde consten los poderes inscritos en registros públicos,  con una antigüedad de expedición no mayor a cinco días útiles;                  
  4. Copia literal de  la partida registral donde conste inscrita la sucesión intestada o el  testamento con una  antigüedad de  expedición no mayor a cinco días útiles; y,                  
  5. La información  que se requiere a cada representante legal debe ser la misma que se requiere a  cualquier persona natural.   

Personas Jurídicas domiciliadas:

  1. Llenar la  información solicitada en la   Ficha de Clientes para personas jurídicas;
  2. Copia de  documento de identidad vigente de cada uno de los Representantes de la persona jurídica;
  3. Copia simple del  Testimonio de la escritura pública de Constitución de la persona jurídica;
  4. Copia simple del  RUC; y,
  5. Copia Literal de  la partida registral completa de la persona jurídica donde consten los poderes  de los representantes legales inscritos en registros públicos o la Vigencia de Poderes de  los representantes legales inscritos en registros públicos con una antigüedad de  expedición no mayor a cinco días útiles.       

Personas Jurídicas no domiciliadas:

  1. Llenar la  información solicitada en la   Ficha de Clientes para personas jurídicas;
  2. Copia de  documento de identidad vigente de cada uno de los representantes de la persona jurídica;
  3. Copia del  documento que acredite la   Constitución de la persona jurídica que cuente con la apostilla fijada en dicho documento (aplicable para los paises en los que se encuentre vigente la Convención de la apostilla de la Haya) o que haya sido visado por consulado peruano -según corresponda-,  salvo que Scotia Bolsa exceptúe el requisito del visado;
  4. En caso de tener  representantes en el Perú, Copia Literal de la partida registral completa de la  persona jurídica donde consten los poderes de los representantes legales  inscritos en el registro público de sociedades extranjeras o la Vigencia de Poderes de  los representantes legales inscritos en registros públicos con una antigüedad de  expedición no mayor a cinco días útiles; y,En el  caso de no contar con representantes en el Perú se podrá exceptuar del  requisito de la inscripción de poderes en registros públicos de sociedades  extranjeras, a criterio de Scotia Bolsa, siempre y cuando se cuente con  documentación de constitución social de la persona jurídica y poderes de los  representantes en el exterior y con la opinión legal favorable del Área Legal.  
  5.  En el caso de no contar con representantes en el Perú se podrá exceptuar del requisito de la inscripción de poderes en registros públicos de sociedades extranjeras, a criterio de scotia Bolsa, siempre y cuando se cuente con documentación de constitución social de la persona jurídica y poderes de los representantes en el exterior y con la opinión legal favorable del Área Legal.

 

Los documentos deberán contar con la apostilla fijada en dichos documentos (aplicable para los paises en los que se encuentra vigente la Convención de la apostilla de la Haya ); o tener el respectivo visado consular peruano, según corresponda. La exoneración del requisito entredicho, solo será aplicable a empresas financieras de primer nivel y/o sus subsidiarias. Las personas jurídicas que no cumplan con este criterio, no podrán ser exceptuadas. Asimismo no se aceptarán documentos visados por notarios públicos del exterior si es que estos no cuentan con la apostilla fijada en dichos documentos (aplicable para los países en los que se encuentra vigente la Convención de la  Apostilla de La Haya) o no cuenten con el  el visado consular respectivo.

A fin de facilitar el criterio por el cual se determinar cuales son las instituciones financieras de primer nivel a las que se podra exonerar del requisito de la apostilla o del  visado consular, según corresponda, en los documentos de apertura de cuenta (incluyendo a sus subsidiarias o sucursales), se tomara la lista de bancos de Primera Categoría publicada por el Banco Central de Reserva del Perú,  la misma que puede ser accedida a través de la siguiente dirección de internet: http://www.bcrp.gob.pe/transparencia/normas-legales/circulares-vigentes.html#6.-Bancos-de-Primera-Categoría

 Como excepción, la Gerencia General podrá autorizar la apertura de cuentas con copia simple de la documentación, siempre y cuando se traten de operaciones únicas y de empresas de primer nivel, aún cuando no estén vinculadas con los bancos a los que se hace alusión en el párrafo anterior.

La  información contenida en la   Ficha de Cliente debe ser verdadera y el cliente se  responsabiliza por cualquier omisión y/o declaración inexacta que perjudique a  Scotia Bolsa, pudiendo efectuarse la verificación de la documentación  sustentatoria presentada por el Cliente. Son de aplicación a las cuentas de clientes las condiciones establecidas en la Ficha de Datos de Clienets, así como las actualizaciones a las mismas. La versión vigente de las condiciones está contenida en la página web www.scotiabolsa.com.pe.

La Ficha de Clientes debe ser actualizada a fin de mantener  la condición de cliente activo. Los clientes deberán comunicar a Scotia Bolsa  cualquier cambio en cuanto a la vigencia de la información y/o documentos  proporcionados. Scotia Bolsa no se hace responsable por no haber sido  comunicada oportunamente de cambios en la información de sus clientes.

Scotia  Bolsa se reserva el derecho a no realizar operaciones por cuenta de un cliente  cuando su Ficha de Cliente no se encuentre actualizada. Adicionalmente, Scotia  Bolsa se reserva el derecho a no realizar operaciones por cuenta de un cliente  cuando considere que la información proporcionada no es veraz y/o que el  cliente no cumple con los requerimientos especificados en sus políticas  internas y normas legales vigentes relacionadas al Mercado de Valores. En estos  dos últimos casos, Scotia Bolsa notificará por escrito al cliente informándole  su decisión de no recibir más órdenes por su cuenta y otorgándole un plazo de 15  días para el traspaso de su posición.

En  el caso de clientes que sean Personas Políticamente Expuestas (PEP), se les  solicitará al momento de hacer sus transacciones una declaración anual de origen  de fondos, la cual deberá ser completada como requisito para el procesamiento  de su orden. La declaración se efectuará por el mismo medio que se haya  indicado en la Ficha  de Cliente que se harán las órdenes.

Scotia  Bolsa se reserva el derecho a requerir información adicional a sus clientes en  cualquier momento, la negativa y/o incumplimiento en proporcionar la misma  otorgará a Scotia Bolsa el derecho, sin previo aviso al cliente, a no realizar  operaciones por cuenta de ese cliente.

Toda la  información proporcionada por los clientes tiene carácter de declaración  jurada, es confidencial y no será utilizada en beneficio propio o de terceros,  ni para fines diferentes a aquellos para los que fue solicitada.

 

IV. HORARIOS Y PROCEDIMIENTOS IMPLEMENTADOS PARA LA RECEPCION DE ÓRDENES Y PARA SU  TRASMISION AL MERCADO.

 

El  horario de atención al público de Scotia Bolsa es el siguiente:

Oficina  Principal (Lima)      de lunes a viernes  9:15 a.m. a 5:30 p.m
Oficinas en Provincias         de lunes a viernes  9:15 a.m. a 5:30 p.m
                  

  • Las órdenes de  clientes recibidas después de la 4:00 p.m. serán consideradas para ser  intermediadas el día siguiente útil.                  
  • Las operaciones  recepcionadas por Representantes Externos serán atendidas en función a la  transmisión de las órdenes a las oficinas de Scotia Bolsa.
  • Las  operaciones recibidas a través de las Agencias de Scotiabank, serán recibidas sólo  en formato escrito y ejecutadas en función a la transmisión de las órdenes a  las oficinas de Scotia Bolsa.              

   

V. CLASIFICACIÓN DE ÓRDENES.

Las  órdenes recibidas de los clientes de Scotiabolsa se clasifican en los siguientes  tipos:  

  • Ordenes ordinarias. Son aquellas ordenes de compra o venta de valores cuyo importe sea menor a USD.100,000.00  (cien mil y 00/100 dólares americanos)   
  • Ordenes especiales. Son aquellas ordenes de compra o venta de valores cuyo importe sea igual  o mayor a USD.100,000.00 (cien mil y 00/100 dólares americanos)

Scotia Bolsa podrá fraccionar las cantidades totales  de órdenes especiales de clientes, con el fin de alternar su transmisión con órdenes  ordinarias que se hayan registrado con posterioridad a aquellas en el sistema  de registro de órdenes.

Operaciones propias y de  vinculados. Scotia Bolsa ha definido la  existencia de operaciones propias y de sus vinculados, como aquellas órdenes de  compraventa de valores que realice Scotia Bolsa por cuenta propia o por algún  vinculado a ella, de forma directa o indirecta.   Estas órdenes son ingresadas con última prioridad en la asignación.

 

VI. TRATAMIENTO DE ÓRDENES Y ASIGNACIÓN.

                  Recepción de órdenes.

La recepción de órdenes se realiza de acuerdo con lo  especificado en la Ficha  de Cliente y está a cargo de un representante autorizado de Scotia Bolsa, los  cuales efectúan el registro de la orden en el sistema operativo de Scotia Bolsa  (Bolsa 2000), que permite el registro inmediato de cada orden recibida.

Las órdenes tomadas por los representantes de Scotia  Bolsa son ingresadas a Bolsa 2000   a través de los terminales asignados a cada uno.

Las  órdenes tomadas por los representantes Externos de Scotia Bolsa y en Agencias  de Scotiabank son transmitidas por correo electrónico o teléfono al encargado  de su ingreso en el sistema Bolsa 2000.

EN NINGÚN  CASO EL CLIENTE ENTREGARÁ DINERO EN EFECTIVO A SCOTIA BOLSA O A SUS  REPRESENTANTES, debiendo realizar sus pagos únicamente a través de las cuentas  de intermediación de Scotia Bolsa.

Ejecución de Operaciones por ELEX.
                 

El ingreso de las operaciones al sistema ELEX se hace  a través de 2 bandejas: las operaciones especiales se ingresan por la bandeja  “A”, mientras que las operaciones ordinarias son ingresadas por la bandeja “B”.

La ejecución de las operaciones de cada bandeja es  efectuada por un Trader debidamente capacitado y con amplia experiencia en el  mercado de valores y se efectúa a través del sistema automatizado disponible,  administrado por la entidad nacional o extranjera responsable del Mecanismo  Centralizado en el que se negocia la operación:

  • Bolsa de Valores  de Lima: ELEX;                 
  • NYSE / NASDAQ  (mercado americano): REDIPLUS; y,                  
  • Cuando se trate  de mercados en los que no se tiene acceso directo a ejecutar la transacción:  Broker del exterior.      

El sistema operativo de Scotia Bolsa (Bolsa 2000)  relaciona automáticamente las órdenes ejecutadas en los mecanismos  centralizados y procede a efectuar la asignación de operaciones por estricto  orden de ingreso.

Las pólizas de operaciones son emitidas luego de  efectuada la asignación y son puestas a disposición de los clientes al día  siguiente para Lima y a las 48 horas para provincias.                 

                  Ejecución de Operaciones en Mercados Externos.
                 

Scotia Bolsa ofrece la intermediación de operaciones  en mercados extranjeros, para lo cual mantiene relación directa tanto para la  ejecución de operaciones como para la tercerización del servicio a través de  Brokers debidamente autorizados en los mercados externos en los cuales negocia  valores.

Los precios de operaciones en el mercado extranjero y  que se consignan en las pólizas son los precios originales por operación.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37º  del RAI, las operaciones en el exterior no están cubiertas por el Fondo de  Garantía, ni con la garantía a que se refiere el artículo 136º de la Ley del Mercado de Valores.   

                  Grabación de llamadas.

Scotia Bolsa ha implementado un sistema de grabación de  llamadas en los anexos telefónicos asignados a sus representantes, que permite el registro y mantenimiento de  archivo de todas las órdenes dictadas telefónicamente (debidamente autorizadas  por el cliente en su Ficha de Cliente), lo que facilita la resolución de  cualquier controversia al momento de dictar/tomar una orden.

El sistema de grabación de llamadas no está disponible para los representantes externos.

En ningún caso los representantes de Scotia Bolsa están autorizados a recibir/tomar órdenes en su teléfono celular y/o en teléfonos que no cuenten con el sistema de grabación de llamadas.

                

                  Asignación de valores.
         

Scotia Bolsa asignará y ejecutará las ordenes de sus  clientes observando la secuencia cronológica en que estas sean recepcionadas,  salvo se traten de órdenes especiales.

Scotia Bolsa no utiliza cuentas globales para acumular  órdenes de sus clientes.

Para  operaciones por cuenta de clientes no domiciliados o en mercados extranjeros se  mantienen cuentas ómnibus en las que se acumulan los valores adquiridos, bajo  un código único registrado a nombre de Scotia Bolsa.  En ese caso la ejecución de una operación  sigue el mismo procedimiento de cualquier orden, registrándose la orden por  cliente en el sistema operativo Bolsa 2000, respetando el orden de ingreso y  emitiendo una póliza a nombre del titular que origina la operación.

VII.     CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EVITAR CONFLICTOS DE INTERESES ENTRE ÓRDENES PROPIAS, DE SUS VINCULADOS Y DE SUS CLIENTES O ENTRE SUS CLIENTES.

 Las  órdenes de clientes siempre tienen prioridad sobre las órdenes por cuenta  propia de Scotia Bolsa y sus vinculados.

El  sistema operativo Bolsa 2000 mantiene la relación de vinculados a Scotiabolsa (cuenta  propia, accionistas, directores, gerentes, funcionarios y empleados),  incluyendo a sus parientes hasta segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.  Este listado permite que al existir alguna  orden de operación de un vinculado, éstas se registren automáticamente al final  de la lista de asignación. Toda operación solicitada por un empleado de la SAB deberá ser previamente  autorizada por la Gerencia General o en su ausencia por el Gerente de Operaciones y Administración o por el funcionario que el Gerente General haya asignado explicitamente con este fin y sólo por el período de ausencia.

En  caso de conflicto de intereses entre dos o más clientes, Scotia Bolsa mantendrá  la neutralidad y en ningún caso concederá privilegio alguno a uno sobre otro.  Se tratará por todos los medios de encontrar  una solución justa al conflicto presentado.

El  personal de Scotia Bolsa ha suscrito y se ha comprometido a cumplir con el  Código de Conducta que establece los lineamientos de conducta profesional y  ética que deben seguir sus empleados, prevaleciendo el interés del cliente  sobre el propio.               

VIII. PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA LA CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN  Y CORRECCIÓN DE ÓRDENES.
                 

Una  cancelación o modificación sólo procederá en los casos en que la orden original  aún no haya sido cumplida en su totalidad o sólo hasta por la diferencia  pendiente, siempre y cuando la instrucción provenga del propio cliente.  Las modificaciones generan automáticamente una  nueva orden, ubicándose en el lugar siguiente inmediato.

Se  podrá corregir una orden sólo en casos especiales generados por diferencias  registradas durante el proceso de recepción, ejecución y asignación de órdenes.   Las correcciones mantienen el número y  el lugar asignado, en el orden cronológico del registro en el sistema.  Las correcciones se efectúan respetando el RAI  y reglamento vigente de CAVALI.       

IX. CUENTAS PARA LIQUIDACIONES.
 

Todo  abono efectuado por clientes, generado por operaciones de intermediación  realizadas deberá ser pagado utilizando las siguientes cuentas bancarias y en  ningún caso mediante la entrega de efectivo:

 

BANCO MONEDA NR. DE CUENTA
Scotiabank (*) Nuevos Soles 000-3145719
Scotiabank (*) Dólares 000-0776415
Standard Chartered Bank, New York  Dólares 3544089076001 

(*) Para el abono en las cuentas operativas en Scotiabank Perú, el cliente deberá proporcionar su código RUT/Caval al momento de efectuar el depósito

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